lunes, 5 de diciembre de 2011

El "Jesús” (Bajo las doctas directrices de Paco "El Marigordu"

La verdad es que Llanes siempre se distinguió, por que entre las embarcaciones que salían de su puerto había algunas que llamaron la atención, tanto por historia y  logros pesqueros, como por la marinería que en ellas se dejaron sus trabajos y sudores, por intentar conseguir sus sueños.

Este es el caso de una embarcación que durante varios años dobló  La Osa en pos de sus ambiciones. Nos estamos refiriendo al “Jesús del Gran Poder”, que según la Dirección Local de Navegación y Pesca Marítima de Ribadesella, en su folio nº 134, Lista 3ª y en el Año de inscripción 1933, nos dice que se trata de una motora de casco de madera, construida en Santoña en el año de Gracia de 1932, que tenia una eslora de 6,75 m., una manga de 2,45 m. y un puntal de 1,35 m. desplazando 4,73 Toneladas y que siendo abanderada el 16 de Enero de 1933 por su propietario y armador Dn. Adolfo Garcia del Cueto, fue valorada en la friolera de 40.500,- Ptas. “una encima de otra”.

¡Paquín, chachu!. ¡Es que no nos podemos callar nada!. Por eso vamos a pedirles a los orienteadictos, que con un poco de paciencia y comprensión hacia nosotros,  intenten leer lo que a continuación transcribimos, ya que no dejan de ser documentos únicos y que nos orientarán sobre una burocracia que no creyendo sea muy diferente a la actual, tenia su propia forma de expresarse. Por cierto ... ¡Ojo a los precios que se usaban ¡

Y ahora ... ¡A por ello!. Vamos a intentar transcribir íntegramente el último documento de compra venta que obra en poder de Paco “Fragarán”, y que como en algunas partes, por no decir muchas, el documento es  perfectamente ilegible, desde estas páginas nos gustaría comprometer a aquella persona, o personas, que teniendo conocimiento de dicho legajo, nos ampliara alguna vez las frases que no podamos transcribir. Y dice así:

Esta embarcación que fue construida en Santoña, por el constructor Dn José San Román Hormachea, y para Don Adolfo García Cueto, vecino de Llanes, quien la adquirió por la cantidad de cinco mil doscientas cincuenta pesetas (5,250,00). Fue arqueada por el Perito arqueador de la Provincia Marítima de Santander.- Por decreto del Sr. Delegado Marítimo de Gijón, de fecha diez del actual, se levanta este asiento con el nombre de “JESÚS DEL GRAN PODER”, el folio 134, de la 3ª Lta. De este Distrito.-  En el presente asiento, se estampa póliza por valor de 37 pesetas con 50 céntimos que corresponde con arreglo a la vigente Ley del Timbre.- Se le expide Título de propiedad, licencia de pesca.- Ribadesella 16 de Enero de 1.993.- Ulpiano R. Rango.- Según acta de compra-venta verificada en esta Sub-delegación en esta fecha, esta embarcación pasa a ser de la propiedad de Dn Alejandro Antolín Valderrama, vecino de Llanes, quién la adquirió a su anterior dueño, por la cantidad de diez mil pesetas (10.000,00), se estampa en este fólio pólizas por valor de treinta y siete pesetas, con cincuenta céntimos, que corresponde – ilegible -- la vigente Ley del Timbre. Se expide nuevo Título de propiedad anulándose el anterior, que se une a su respectivo expediente. Ribadesella 12 de Junio de 1.934. – Eduardo Ugalde. – Rubricado.-  Según acta de compra-venta verificada en esta Subdelegación, hoy dia de la fecha pasó esta embarcación a ser propiedad de Don Adolfo Garcia del Cueto, vecino de Llanes, por compra a su anterior dueño Don Alejandro Antolín, en la cantidad de diez mil pesetas (10.000 ). Se anuló el anterior Título de Propiedad expediendosele nuevo título y se estampa en este asiento póliza por valor de 37,50 pesetas, que corresponde con arreglo a la vigente Ley del Timbre.- Ribadesella 2 de Agosto de 1.934.- Eduardo Ugalde.- Rubricado.- Por orden del Sr. Comandante Militar de Marina de la Provincia. Se autoriza a la embarcación de este asiento para que pueda dedicarse de nuevo a las faenas de pesca. Ribadesella 2 de Abril de 1.940.- Vicente Arago.- Rubricado.- Por Decreto del Exmo. Sr. Comandante General del Departamento Marítimo de Ferrol del Caudillo, -- ilegible – unido al expediente de entrega que se le instruyó a su legítimo propietario, esta embarcación pasa a la propiedad del mismo definitivamente. Ribadesella 19 de Agosto de 1.940.- El Ayudante de Marina.- Francisco Oñate.- Rubricado.- A instancia del propietario y previa autorización del Sr. Comandante de Marina de la Provincia, a la embarcación de este asiento lo fue – ilegible – su motor “ESCANDIA”, de  25,30 H.P., según consta en decreto de Sr. Ayudante de Marina de Llanes, obrante en es respectivo expediente, con fecha 8 – ilegible – para que en su dia y previa autorización del Sr. Comandante le sea instalado otro.- Ribadesella a 22 de Marzo de 1.946.- El Ayudante Militar de Marina.- Sabino de Urrutia.- Rubricado.- A instancia de su propietario Don Adolfo Garcia del Cueto, y previa autorización del Sr. Comandante Militar de Marina de Llanes, expedida por decreto de fecha 4-XII-46, obrante en el respectivo expediente, a la embarcación de este asiento le fue instalado un motor marca – ilegible – (parece que pone HURBOK. ¿Es posible?) de explosión-gasolina, Nº 23.601-2 construido el año 1.923 en Detriot-Michigan, de una potencia efectiva de de 22 caballos y la nominal de 11 caballos, según costa en el referido expediente de montaje. El precio del motor es de 3.500 pras. Y fue terminada su instalación el dia 22-XII-1946. Ribadesella a 5 de Abril de 1.948.- El Ayudante Militar de Marina.- Sabino de Urrutia.- Rubricado.- A instancia de su propietario Don Adolfo Garcia del Cueto – ilegible—Comandante Militar de Marina de Gijón concedio – ilegible – de dominio, a la embarcación de este asiento, -- ilegible – del Sr. Don Adolfo Garcia del Cueto, en la cantidad de DOCE MIL QUINIENTAS PESETAS (12.500,00), según costa en el acta levantada al efecto en al Ayudantia Militar de Marina de Llanes, en fecha 11 de Marzo del año en curso. Se anuló el anterior título de propiedad, se le expide y entrega nuevo Título al nuevo propietario y se reintegra esta anotación con póliza del estado por valor de TREINTA Y SIETE PESETAS, con CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS, (37,55), que corresponde con arreglo a la vigente Ley del Timbre, Ribadesella a 5 de Abril de 1.948. El Ayudante Militar de Marina.-  Sabino de Urrutia.- Rubricado.- A instancia de su propietario Don Constantino Sanz Martinez, y previa autorización del Sr. Comandante Militar de Marina de Gijçon, concedida por decreto de fecha 4 de Febrero del en curso (escrito literalmente), obrante en el respectivo expediente, a la embarcación de este asiento le fue cambiado el motor que tenia, por otro “DIESEL”, marino, marca “AILSA GRAIG”, de 4 tiempos y dos cilindros verticales, de una potencia efectiva de 20/24 caballos y la nominal de un caballo; cuyo precio fue de VEINTIOCHO MIL PESETAS (28.000,00), habiéndose invertido en la instalación SEIS MIL SEISCIENTAS SETENTA Y DOS PESETAS (6.672,00) y TRES MIL ONCE PESETAS Y SETENTA Y CENCO CÉNTIMOS(3.011,75) en jornales. Se reintegra esta anotación con póliza del Estado de CIENTO CINCUENTA PESETAS, (150) que corresponde por el aumento de valor de la embarcación, con arreglo a la vigente Ley del Timbre.- Ribadesella a 17 de Junio de 1.948.- El Ayudante Militar de Marina.- Sabino de Urrutia.- Rubricado.- Según comunicación de Sr. Director de la Caja Central de Crédito Marítimo del Instituto Social de la Marina, de fecha 17-12-48 dirigida al Sr. Comandante Militar de Marina de Gijón, y remitida a esta Ayudantia por dicha Autoridad, la Comisión Permanente Ejecutiva de dicho Instituto, concedió a D. Constantino Sanz Martinez, propietario de la embarcación de este asiento, “JESÚS DEL GRAN PODER”, un préstamo de CUARENTA Y CINCO MIL PESETAS (45.000,00) para pagar la reparación de su mencionada embarcación y motor instalado en la misma, habiendo sido aceptada por la Dirección de la Mencionada Caja Central de Crédito Marítimo, la embarcación y motor instalado en la misma, siate,a Diesel, marca AILSA Grayg de 25,24 H.P. los cuales quedan hipotecados en este Registro de Buques, a favor de la repetida Caja Central de Crédito Marítimo, para responder del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del Contrato; no pudiendo ser enajenada la embarcación ni desmontar el motor sin la previa autorización de la mencionada Caja. Según acta levantada en el salón de actos de la Cofradia de Pescadores “VIRGEN DE LA SOLEDAD”, de Gijón, el dia 30 de Diciembre de 1.948, en dicha fecha y lugar fue entregado por el Ilmo. Sr. Comandante Militar de Marina de Gijón, al Sr. Constantino Sanz Martinez, un cheque por el importe del préstamo que le fue concedido, habiendo firmado el Sr. Sanz, el correspondiente recibo que corre unido al respectivo expediente de préstamo así como al acta mencionada.- Ribadesella a 12 de Enero de 1.949.- El Ayudante Militar de Marian.- Sabino de Urrutia.- Rubricado.- Según oficio del Sr. Director de la Caja Central de Crédito Marítimo del Instituto Social de la Marina, Nº 339-C, de fecha 22 del mes actual, dando cuenta que se ha quedado totalmente AMORTIZADO el CRÉDITO de 45.000,00 ptas. concedido a Don Constantino Sanz Martínez, propietario de la embarcación de este asiento, por lo que con esta fecha queda  CANCELADA LA HIPOTECA que en garantia del citado PRÉSTAMO pesaba sobre dicha embarcación.- Ribadesella 16 de Abril de 1.956.- El Ayudante Militar de Marina.- Luis Cereijo.-Rubricado.- Hay un sello a tinta que dice: Ayudantia Militar de Marina.- Ribadesella.

Aunque fuera al final del documento ... ¿Verdad  que ya tardaba en aparecer alguna Caja ó Banco?

¡Fragarán, Fragarán! ...  ¡Vaya “ladrillo”! ...  ¡Te juro por el cañón de La Cabezona que ya me perdí!. Así que intenta recapacitar  centrarte en el caso por si alguno de nuestros orienteadictos te solicita alguna explicación, porque lo que es yo seria incapaz de hacerla.

                                                                                         Con todo afecto
                                                                                    Fernando Suárez Cué
                                                                      Barcelona, a 18 de Febrero del 2001

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